Ministerio de Salud amplía acceso a tratamientos oncológicos y actualiza norma para terapias de alto costo

Una nueva resolución redefine el listado de drogas oncológicas financiadas por el Estado fuera del GES, incorpora nuevas indicaciones terapéuticas y formaliza reglas para su acceso. La medida busca mejorar cobertura y ordena el sistema de financiamiento de alto costo.

El Ministerio de Salud anunció la ampliación del acceso a tratamientos oncológicos y la actualización del marco técnico para terapias avanzadas y medicamentos de alto costo. La medida se formalizó mediante la Resolución Exenta N° 351, del 3 de marzo pasado, que determina nuevos listados de drogas oncológicas no GES y de alto costo, además de establecer mecanismos de financiamiento y adquisición.

Profesional de salud preparando medicamento oncológico en área hospitalaria
La nueva resolución del Ministerio de Salud amplía el listado de drogas oncológicas financiadas y centraliza su adquisición.

En términos prácticos, el cambio impacta directamente en pacientes con cáncer que requieren tratamientos no cubiertos por el sistema GES, pero que pueden ser financiados a través del Fondo Nacional de Salud (Fonasa).

Qué cambia con la nueva resolución

El documento establece dos grandes categorías:

  • Drogas o esquemas oncológicos no GES
  • Drogas o esquemas oncológicos de alto costo

En el primer grupo se incluyen esquemas terapéuticos que no están asociados a un problema de salud específico del GES, pero que pueden ser solicitados por los equipos clínicos bajo criterios técnicos definidos.

En el segundo grupo se incorporan medicamentos de alto costo para distintos tipos de cáncer, tanto tumores sólidos como hematológicos.

Según el listado incluido en la resolución, se agregan tratamientos para:

  • Cáncer de mama, incluyendo nuevas indicaciones con terapias dirigidas
  • Cáncer colorrectal
  • Cáncer hepático
  • Cáncer de cabeza y cuello
  • Cáncer de pulmón
  • Melanoma
  • Cáncer renal
  • Tumores neuroendocrinos
  • Linfomas y leucemias
  • Mieloma múltiple
  • Mesotelioma pleural maligno

Junto con lo anterior, en la resolución dada a conocer se detallan específicamente las moléculas y combinaciones terapéuticas aprobadas para tumores sólidos y hematológicos.



Centralización de compra y control del gasto

Uno de los puntos relevantes del documento es que establece que la adquisición de estos medicamentos se realizará de manera centralizada a través de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud (CENABAST). Esto significa que el Estado concentrará la compra para negociar mejores precios y optimizar el uso de recursos públicos.

Asimismo, se instruye al Fondo Nacional de Salud (FONASA) a actualizar los aranceles correspondientes para la entrega de estas prestaciones.

Reglas de postulación y control técnico

La resolución también establece mecanismos formales de postulación para acceder a drogas de alto costo. Las solicitudes deben realizarse a través de plataformas institucionales, con respaldo clínico y criterios definidos por el Ministerio de Salud. De este modo se busca estandarizar el acceso y evitar discrecionalidad en la entrega de tratamientos.

Además, se establece que las nuevas indicaciones comenzarán a regir el primer día hábil del sexto mes posterior a la publicación de la resolución, plazo que permite implementar ajustes administrativos y técnicos. En consecuencia, debería comenzar a operar, a partir de la primera semana de septiembre 2026.

Qué implica para los pacientes

Desde una perspectiva sanitaria, esta ampliación apunta a mejorar el acceso a terapias innovadoras y de alto costo para personas con cáncer que no están cubiertas por GES o que requieren nuevas líneas de tratamiento. Sin embargo, el acceso dependerá de criterios clínicos específicos, evaluación por comités técnicos y cumplimiento de requisitos administrativos.

En este sentido, no se trata de una cobertura automática para todos los casos, sino de un marco que amplía las posibilidades dentro de un sistema regulado.


Este artículo se ha basado en las siguientes fuentes de información:

La información publicada es de carácter orientativo y no reemplaza la consulta con un profesional de la salud.


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